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Cochoapa El Grande

Municipio. Cabecera municipal del mismo nombre.

Toponimia, escudo y/o glifo. El nombre original fue Cochoapan, que significa “río de loros”, del náhuatl cóchotl: loro, perico y apan: río.

Reseña histórica (cronología). Este municipio, al final de la época prehispánica, perteneció a Oaxtepec que, a su vez, era tributario de los mexicas. Durante el periodo colonial el pueblo de Jantetelco, al que perteneció Cochoapa El Grande, fue parte de la alcaldía mayor de Cuautla de Amilpas (situado en el actual estado de Morelos, donde se ubica Oaxtepec).

Antiguamente en estos poblados las tierras y el ganado pertenecieron a sus habitantes en forma comunal, marcaban con fierros a sus animales. Este sistema de propiedad fue respetado por el gobierno virreinal y el nacional independiente.

Antecedentes de creación. La primera ocasión que Cochoapa El Grande se integró como municipio fue en la administración del general Baltasar R. Leyva Mancilla, tuvo que ser cancelado por no reunir las condiciones para funcionar como tal. Se le dio vida por Decreto del 2 de enero de 1947, nulificándose el 2 de septiembre del mismo año. (Caso parecido fue el de Noxtepec, creado el 22 de febrero de 1933 en sustitución del de Tetipac, y cancelado el 10 de septiembre del mismo año, lo que hizo que volviera a formar parte de la entidad con su antiguo nombre).

A través del tiempo hubo nuevas peticiones; una de ellas fue la realizada por 55 ejidatarios, ante la Cámara de Diputados del estado para la creación del nuevo municipio. La LVII Legislatura del Congreso del Estado –mediante Decreto 588 aprobado el 10 de noviembre de 2002 y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, número 101, de fecha 10 de diciembre de 2002­– aprobó la creación del Municipio de Cochoapa El Grande. En esa misma sesión se autorizó la modificación del Decreto 591 por el que se reforma y adiciona el artículo 5°. de la Constitución Política del Estado y se incluye la creación del municipio de Cochoapa El Grande.

El 13 de enero de 2003, 50 comisarios del municipio de Metlatónoc acompañados por el presidente municipal Saúl Rivera Mercenario manifestaron su inconformidad por la creación del municipio Cochoapa El Grande y exigieron la anulación del decreto 588; tramitaron un amparo en contra del gobernador René Juárez Cisneros, así como de los legisladores que emitieron voto aprobatorio.

El 10 de junio de 2003, el Pleno del Honorable Congreso del Estado, de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, declaró válidas las reformas al artículo 5° de la Constitución Política local, y el día 11 del mismo mes y año la comisión encargada para tal fin recibió el oficio número OM/DPL/317/2003 mediante el cual se turna el acuerdo parlamentario para que se declararan válidas las reformas del artículo 50 constitucional y los efectos al artículo 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero.

Y de acuerdo a lo establecido por los artículos 47 fracción XLIX y 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, 8 fracción XLIX, 46, 49 fracción II, 53 fracción IX, 86, 87, 127, 133 párrafo primero y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado número 286, y 13 B de la Ley Orgánica del Municipio Libre del estado, la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación analizaron el Dictamen y Proyecto de Decreto, y lo publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado con número 47 alcance I del 13 de junio de 2003.

A finales del año 2003, Guadalupe Pavía Miller, oficial mayor del Congreso local, informó que la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación ya tenía en sus manos el dictamen para designar al Ayuntamiento Instituyente de Cochoapa El Grande, en La Montaña de Guerrero, pero que aún no había fecha para someter el dictamen al Pleno del Congreso y que la comisión encabezada por el diputado Juan José Castro Justo ya analizaba la única propuesta hecha para verificar que se cumpliera con los requisitos que marca la ley.

Los legisladores revisarían, entre otras cosas, que los aspirantes a ocupar el primer ayuntamiento del municipio 78 del estado no hubieran sido dirigentes partidistas, no contaran con antecedentes penales y no fueran ministros de algún culto, como lo establece la ley; además verificarían que la integración del ayuntamiento no causara problemas sociales entre la comunidades afectadas.

La Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación y los integrantes del Comité de Gestión Ciudadana del municipio de Cochoapa El Grande, conformado por grupos representativos de los partidos políticos con mayor presencia en el municipio, en reunión de trabajo del día 14 de diciembre de 2004 establecieron acuerdos y compromisos, determinaron que con apego a los resultados obtenidos en el nuevo municipio por los partidos políticos o coaliciones en la elección de gobernador para el periodo constitucional 2004–2010 se distribuirían los cargos de presidente, síndico procurador y regidores.

La LVII Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, con la propuesta de la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, el 16 de diciembre de 2004 emitió un Acuerdo Parlamentario mediante el cual retomó los compromisos suscritos por los grupos que integraron el Comité de Gestión Ciudadana del municipio de Cochoapa El Grande y los diputados de la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, los que establecen que será el Congreso del estado quien designe a la persona propuesta por el partido político o coalición que en la elección para gobernador del estado de Guerrero haya ganado dentro de la jurisdicción territorial correspondiente para que ocupe la Presidencia del Ayuntamiento Instituyente, que como síndico procurador quedará la persona propuesta por el partido político o coalición que haya ocupado el segundo lugar en la misma elección constitucional, y la designación de regidores se realizará en forma alternada, iniciando por la propuesta del partido político o coalición que haya ganado en el municipio, hasta conformar al ayuntamiento con la cantidad de miembros que dispone el artículo 93 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

Al recibir el Congreso del estado los resultados de la elección y bajo las reglas del artículo 97 de la Constitución Política local, el día 25 de febrero de 2005 la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación celebró una reunión de trabajo con los grupos que integraron el Comité de Gestión Ciudadana donde recibieron las propuestas para conformar el Ayuntamiento Instituyente del nuevo municipio.

Procedieron con el análisis del perfil de los aspirantes y tomando en consideración el sentir de los ciudadanos del municipio surgió una propuesta plural cuyos integrantes reunieron los requisitos de ley y garantizaban la buena marcha de la administración y del Gobierno del Municipio de Cochoapa El Grande.

En sesión del 30 de marzo de 2005 y conforme a lo establecido en el artículo 138 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero, la Presidencia de la Mesa Directiva, habiendo sido fundado y motivado el dictamen con proyecto de decreto y al no existir votos particulares y en contra en la discusión aprobó el dictamen, para lo cual la Presidencia de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del estado realizó la Declaratoria siguiente: “En virtud de que no existe reserva de artículos, esta Presidencia, en términos del artículo 137, párrafo primero de nuestra Ley Orgánica, tiene por aprobado el Dictamen con proyecto de Decreto mediante el cual se designa el Honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Cochoapa El Grande. Emitiéndose el decreto correspondiente y remitiéndose a las autoridades competentes para los efectos legales procedentes”.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 47 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero y la fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del estado número 286, el Honorable Congreso expidió el Decreto 472 mediante el cual se designó el Honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Cochoapa El Grande, que fungió del 4 de abril de 2005 al 31 de diciembre de 2008, quedando integrado de la forma siguiente:

Presidente Propietario, Santiago Rafael Bravo
Presidente Suplente, Felipe Flores López
Síndico Procurador Propietario, Guillermo Flores Lorenzo
Síndico Procurador Suplente, Felipe Moreno López
Regidor Propietario, Paulino Ortiz Cándia
Regidor Suplente, Pedro Martínez Nava
Regidor Propietario, Herminio Rivera Chávez
Regidor Suplente, Justo Pablo Barrera
Regidor Propietario, Santiago Díaz Iturbide
Regidor Suplente, Juan Martínez Flores
Regidor Propietario, Bernardo Flores Matías
Regidor Suplente, Alberto Flores Vázquez
Regidor Propietario, Vicente Santiago Mendoza
Regidor Suplente, Alberto Chávez López
Regidor Propietario, Regino Moreno Flores
Regidor Suplente, Santiago Julián Ortiz

El 29 de marzo de 2005, el Pleno de la LVII Legislatura local tomó protesta al presidente del Ayuntamiento Instituyente de Cochoapa El Grande, Santiago Rafael Bravo, quien comenzó como nuevo munícipe a partir del 31 de ese mes y año.

Región a la que pertenece. La Montaña.